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Mobility Portal, Spain
Date: March 17, 2025
Inés Platini
By Inés Platini
Spain
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Luz verde para CPOs: ¿Cómo opera la nueva norma de permisos de conexión?

Tras la entrada en vigor de la Circular 1/2024, se establece la metodología y las condiciones de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución para las instalaciones de demanda de energía eléctrica en general. ¿Qué beneficios garantiza a los CPOs?

La Circular 1/2024 permitirá que España avance hacia un acceso más ordenado y transparente a la red eléctrica, lo que representa una ventaja para los operadores de puntos de recarga (CPOs).

Esta normativa, aprobada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), establece reglas de juego que, en parte, facilitarán la expansión de la infraestructura de recarga en el territorio nacional.

Pero ¿qué cambia realmente para los CPOs?

Uno de los aspectos abordados en la norma es la introducción de la capacidad firme alternativa con garantía de suministro

Esto obliga a los gestores de red a ofrecer una alternativa cuando la potencia solicitada no pueda ser completamente atendida, pero sí exista capacidad para cubrir un porcentaje de ella. 

En la práctica, esto impide que las distribuidoras rechacen solicitudes sin justificación.

La Circular 1/2024 se publicó en septiembre de 2024 y entró en vigor el 12 de enero de 2025.

“Su objetivo es garantizar un acceso ordenado, transparente y eficiente a la red, beneficiando a toda la demanda, entre los que se incluye la movilidad eléctrica”, señalan desde la CNMC a Mobility Portal España.

¿Qué beneficios ofrecerá a los CPOs? 

Por un lado, mayor transparencia en la capacidad de la red para puntos de recarga (Art. 16).

Este establece la obligación de que los gestores de redes de transporte y distribución mantengan un registro actualizado sobre la capacidad disponible en cada nudo de conexión de subestación. 

Esto permitirá a los CPOs conocer de antemano la capacidad existente en cada punto de la red, facilitando la planificación de nuevos puntos de recarga.

Por otro lado, se crearán plataformas web para la tramitación de expedientes de puntos de recarga (Art. 14). 

¿Cuándo estarán disponibles? “Se prevé que en noviembre de 2025”, aseguran.

Según la disposición final segunda, los gestores de la red tendrán un plazo de diez meses desde la entrada en vigor de la Circular para adaptar los contenidos de las plataformas.

“Dado que la Circular entra en vigor tres meses después de su publicación en el BOE, el plazo total desde la publicación es de trece meses”, explican.

Otra ventaja es el establecimiento de criterios homogéneos para la evaluación de la demanda de puntos de recarga (Art. 18). 

Para ello, “en las próximas semanas/meses se prevé la publicación” de especificaciones detalladas que permitan a los distribuidores aplicar criterios comunes.

Esto facilitará a los CPOs el cálculo de la capacidad disponible para la demanda, incluyendo los nuevos puntos de recarga, y optimizará el uso de la red.

El último beneficio mencionado por la CNMC es el acceso flexible para infraestructura de recarga (Art. 3). 

“Esto significa que algunas instalaciones podrían conectarse a la red con restricciones en determinados momentos”, indican. 

Esto busca impulsar el desarrollo de puntos de “repostaje” en ubicaciones donde la capacidad de acceso firme sea limitada, optimizando el uso de la red.

Un marco regulador con retos pendientes

Si bien la Circular 1/2024 es un avance en términos de regulación, aún quedan desafíos. 

La Asociación Empresarial para el Desarrollo e Impulso de la Movilidad Eléctrica (AEDIVE) ha señalado que la demora en la aplicación de la normativa sigue siendo un obstáculo para el cumplimiento de los objetivos de infraestructura de recarga. 

Arturo Pérez de Lucía, Director General de AEDIVE.

Según AEDIVE, el plazo de diez meses para que las distribuidoras adapten sus plataformas digitales implica que, en la práctica, la simplificación administrativa no será efectiva hasta finales de 2025.

“Esta situación es especialmente preocupante a la vista de los objetivos de despliegue de infraestructuras de recarga, de vehículos ligeros y pesados, para el cumplimiento del Reglamento Europeo AFIR”, detallan en su Anuario. 

A esto se suma la falta de mecanismos de supervisión y sanción para garantizar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los gestores de red. 

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