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Date: June 29, 2025
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Ultimátum: Gobierno da 80 días a eléctricas para conectar nuevos puntos de recarga

El 22% de la infraestructura pública instalada no está operativa, principalmente por demoras en la conexión eléctrica. El nuevo decreto busca agilizar el proceso.

En el primer trimestre de 2025, España contaba con 46.358 puntos de recarga de acceso público en funcionamiento y 13.172 fuera de servicio, según datos de la patronal automovilística Anfac. Esto significa que el 22% de la infraestructura no está operativa, ya sea por averías, mal estado o por no estar conectada aún a la red eléctrica.

Con el objetivo de acelerar las conexiones, el Gobierno ha aprobado un Real Decreto-Ley de medidas urgentes que establece plazos máximos para que las compañías distribuidoras conecten los puntos de recarga a la red eléctrica. La norma fue adoptada por el Consejo de Ministros y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Nuevos plazos según la complejidad técnica

La nueva regulación impone los siguientes tiempos máximos de conexión:

5 días si no es necesario ampliar la red eléctrica.

30 días si se requiere ampliación de cables.

60 días en caso de construcción de un centro de transformación.

80 días si se necesitan varios centros de transformación.

En situaciones donde el suministro debe conectarse a la red de alta tensión y el nivel no supera los 66 kilovoltios (kV), el plazo también será de 80 días. Para otros casos de alta tensión, el periodo se determinará según la magnitud de los trabajos.

Procedimiento para ampliaciones de red por terceros

Cuando la extensión de red sea ejecutada por una empresa instaladora contratada por el solicitante, la distribuidora deberá:

• Revisar el proyecto en un máximo de 10 días hábiles.

• Requerir subsanaciones, si corresponde, en un nuevo plazo de 10 días.

• Verificar las obras en 10 días tras su notificación.

• Formalizar la cesión en un máximo de 15 días hábiles una vez recibida la documentación final.

Las subsanaciones posteriores estarán limitadas a los aspectos ya señalados previamente.

Reducción de trámites administrativos

El decreto también exime del régimen de autorizaciones administrativas (previa, de construcción y explotación) a las infraestructuras eléctricas de estaciones de recarga ultrarrápida con una potencia superior a 3.000 kW, salvo cuando se requiera reconocimiento de utilidad pública o evaluación de impacto ambiental.

España, rezagada en infraestructura de recarga

Anfac advierte que las trabas administrativas son una de las principales barreras para el despliegue de infraestructura. En comparación con otros países europeos, España se sitúa a la cola, con 70 puntos de recarga por cada 100.000 habitantes. Esta cifra contrasta con 951 en Países Bajos, 569 en Bélgica y 539 en Dinamarca, según un informe del Banco de España publicado en junio.

Actualmente, el número de cargadores en funcionamiento está muy por debajo de los 80.000 a 110.000 puntos previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para 2023. Además, queda lejos del objetivo de 500.000 puntos que establece el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) para 2030.

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